Declaración D-270 puede evitarles costosos imprevistos tributarios a los contribuyentes


Más que una obligación: una radiografía de las operaciones sin factura electrónica

Actualmente la Administración Tributaria cuenta con cada vez más herramientas para cruzar información y detectar inconsistencias. La Declaración D-270 se ha convertido en un instrumento clave para fortalecer la transparencia y la trazabilidad de las operaciones económicas realizadas fuera del ecosistema de comprobantes electrónicos.

La factura electrónica permite que gran parte de las transacciones económicas del país queden registradas automáticamente ante Hacienda. Sin embargo, todavía existen operaciones específicas que no generan ese respaldo digital y que deben ser informadas mediante la D-270 para completar el mapa de información tributaria.

Por esta razón, GTI Factura Electrónica recomiendan a empresas y profesionales independientes revisar cuidadosamente sus registros contables antes de presentar la declaración, verificando que las operaciones reportadas correspondan efectivamente a transacciones no amparadas por comprobantes electrónicos.

Según lo establece el Ministerio de Hacienda, el período anual 2025 se presentará por última vez dentro de los primeros 25 días naturales de junio de 2026; los meses de enero a diciembre de 2026 deberán reportarse de forma individual a más tardar dentro de los primeros 25 días naturales de enero de 2027; y a partir de 2027, la declaración será estrictamente mensual.

¿Quién debe presentar la D-270 y qué se declara?

Cualquier contribuyente que durante 2025 haya realizado pagos sin respaldo de comprobante electrónico está obligado a reportarlos. Los tipos de transacciones más comunes son: pagos por intereses, comisiones bancarias o financieras. La esencia de esta declaración radica en la identificación y reporte de aquellas operaciones que, a pesar de estar relacionadas con la actividad económica del informante, no cuentan con un comprobante electrónico.

De acuerdo con el gerente general, Alvaro Retana, "La D-270 no es solo un formulario más: es el puente entre el mundo analógico y el ecosistema digital de facturación. Las empresas que la asuman como una oportunidad de auditoría interna, y no como una carga, estarán mejor posicionadas para el entorno tributario que viene." Mencionó.

Un punto que ha generado dudas son aquellos gastos como intereses o comisiones bancarias deberían estar respaldados por una factura electrónica de compra emitida por el propio contribuyente. Si esto ocurre, dichas operaciones no deberían incluirse en el D-270, precisamente porque la declaración está diseñada para transacciones que carecen de respaldo electrónico.

Sanciones por incumplimiento

Aunque se trata de una declaración informativa, las consecuencias de incumplir establece una sanción equivalente al 2% de los ingresos brutos del período anterior para quienes no presenten la declaración o suministren información incorrecta. Actualmente, la multa mínima asciende a ₡1.386.600, mientras que la máxima puede alcanzar los ₡46.220.000.

Además del impacto económico, la omisión de información puede generar alertas ante la Administración Tributaria y aumentar el riesgo de requerimientos posteriores o procesos de fiscalización.

La presentación se realiza exclusivamente a través del portal TRIBU-CR. La Administración Tributaria ha centralizado este trámite exclusivamente en dicho portal.

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