¿Está su sociedad al día con el timbre de educación y cultura?


Si usted figura como representante o socio de una sociedad mercantil inscrita en el Registro Nacional de Costa Rica, existe una obligación tributaria que se renueva cada año durante los primeros meses del año y que, aunque no siempre ocupa los titulares, es tan obligatoria como cualquier otra: el pago del Timbre de Educación y Cultura, conocido como TEC.

El monto es progresivo y se calcula con base en el capital neto de la sociedad reportado en la declaración de impuesto sobre la renta del año fiscal anterior. Si su sociedad es inactiva, deberá cancelar el monto mínimo establecido.

Capital Social (o Neto) Reportado Impuesto a Pagar De ₡0 a ₡500.000 ₡5.000 De ₡500.001 a ₡2.000.000 ₡6.000 De ₡2.000.001 a ₡4.000.000 ₡12.000 Más de ₡4.000.001 ₡18.000

El período de pago anual es durante los meses de febrero y marzo, siendo el 31 de marzo la fecha límite para realizarlo sin incurrir en mora.

Actualmente, existen tres canales principales para el pago: dos electrónicos y uno presencial.

1- Pago en Línea a través del Débito en Tiempo Real (DTR)

Acceda al sistema: Ingrese al portal ATV (Administración Tributaria Virtual) de Tributación Digital con su usuario y contraseña de persona jurídica, o a la plataforma de su banco (como el BAC, BCR o Banco Nacional) donde ofrezcan el servicio de Débito en Tiempo Real (DTR).

  1. Seleccione el impuesto: Busque la opción para pagar el "Timbre de Educación y Cultura".
  2. Confirme los datos: El sistema mostrará el monto a pagar según el capital de su empresa. Verifique que sea correcto.
  3. Complete la transacción: Autorice el débito de la cuenta bancaria de la sociedad. Le entregará un comprobante de pago electrónico que debe conservar.

2-Pago Presencial en Ventanillas Bancarias

Si no tiene cuenta de la sociedad o si prefiere un método presencial, puede pagar en las ventanillas del Banco de Costa Rica (BCR), u otras entidades autorizadas.

Nota: Para este método, necesitará el recibo oficial de pago D-110. Este formulario se genera descargando e instalando un programa gratuito desde el sitio web del Ministerio de Hacienda conocido como "EDDI-7", que le permite calcular el impuesto y emitir el recibo de pago. Una vez generado, puede imprimirlo y pagarlo en la ventanilla.

Sociedades Inactivas y Declaración D-184

Si su sociedad es inactiva o está en el Régimen de Tributación Simplificada (RTS), la Administración Tributaria ha habilitado un formulario específico en Tributación Digital llamado D-184 "Formulario de Pago TEC personas jurídicas inactivas, RTS y Rentas Capital". Deberá ingresar a su cuenta en el portal ATV y buscar esta declaración para realizar el pago.

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